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Rechazan la demanda de un abogado contra una colega por el presunto plagio de un escrito judicial.

Confirma la sentencia que rechazó el reclamo de un letrado contra una colega por el supuesto plagio de un escrito judicial de su autoría, para utilizarla en su contra en un proceso judicial. Señala que la propiedad intelectual sobre los escritos de los abogados (dictámenes, demandas y otros escritos procesales) constituye una cuestión que no ha recibido hasta el momento un tratamiento profundo ni por la doctrina científica ni por la jurisprudencia de los tribunales. Destaca que el actor, después de recibir la demanda en su contra, procedió a inscribir su escrito ante la autoridad respectiva. Asimismo, resalta que la eventual utilización de la pieza supuestamente plagiada fue empleada en contra del propio accionante, por lo que la demandada lejos estuvo de querer aprovecharse a través de un ocultamiento, o de procurar valerse de la creación ajena a espaldas de su propio autor. En consecuencia, considera que la accionada desconocía la presunta autoría del escrito, que no medió dolo de su parte y, por lo tanto, su conducta queda afuera del marco del art. 1072 del C.Civ., pues claramente no constituye un acto ilícito ejecutado a sabiendas y con intención de dañar la persona o los derechos de otro.

CAMARA CIVIL - SALA J EXPTE. N° 6872/2017, “A, N H c/ C, S A s/ Propiedad Intelectual Ley 11.723”, Juzgado N° 2 Buenos Aires, a los 17 días del mes de Julio de 2020. SENTENCIA CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES 17 de Julio de 2020 

Fuente SAIJ