El Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC resultará de aplicación para quienes revistan o asuman la calidad de contribuyente del impuesto sobre los ingresos brutos –comprendidos en las normas del Convenio Multilateral y/o locales– en las jurisdicciones adheridas y, también, podrán estar alcanzados aquellos sujetos pasibles que sin haber informado su situación fiscal al agente de retención, realicen con habitualidad actividades económicas alcanzadas por el impuesto sobre los ingresos brutos, en una o más jurisdicciones adheridas. Texto ordenado Resolución General (C.A.) N.º 2/2019. Res. Gral. 11/20 CACM del 18.8.77
2020-08-18 03:07
El Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Cré...