Cuando el titular de una Licencia Nacional de Conducir, pueda padecer una alteración de su aptitud conductiva y su mantenimiento entrañe un grave peligro para la seguridad vial o perjudique notoriamente el interés público comprometido se podrá proceder, de oficio o a solicitud de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL a suspenderla transitoriamente y solicitar nuevo examen psicofísico. Disp 384/20 ANSV (BO 26/08/2020)
2020-08-26 04:12
Cuando el titular de una Licencia Nacional de Conducir, pued...