Otorga a las prestadoras del Servicio Público de Distribución de gas por redes, 90 días corridos, a partir de que se disponga el cese del ASPO o DSPO para que efectúen las tareas correspondientes a fin de verificar si han sido regularizados los defectos secundarios que hayan detectado, como consecuencia de las inspecciones de seguridad llevadas a cabo en las instalaciones de gas de todos los establecimientos educativos, oficiales y privados del país, atendiendo las circunstancias particulares de cada Área Licenciada, en tanto no se vean afectadas cuestiones que impliquen un riesgo de seguridad para las personas y/o para los bienes. Res 232/20 ENARGAS (BO 27/08/2020)
2020-08-27 01:20
Otorga a las prestadoras del Servicio Público de...