Para garantizar el derecho de asociarse con fines útiles y trabajar en industria lícita por medio de la adopción de cooperativas de trabajo, resulta notorio que la prohibición de que estas personas jurídicas realicen actividades como correos, limpieza y seguridad debe ser replanteada a la luz de las pautas expuestas precedentemente, deja sin efecto la Resolución INAC N° 1510/94. Res 581/20 INAES (BO 02/09/2020)
2020-09-02 01:07
Para garantizar el derecho de asociarse con fines úti...