Coronavirus: desestiman solicitud de eximición del uso de tapabocas en la vía pública

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Desestima la medida cautelar solicitada por un abogado tendiente a que se lo exima del uso de tapaboca, por considerar que la medida afecta en su perjuicio derechos y garantías constitucionales. Considera que la sola mención de que el uso de tapaboca podría provocarle hipoxia no permite incluirlo sin más dentro del grupo de personas exceptuadas de portar la mascarilla. Destaca que la exigencia normativa de su uso es, indudablemente, una restricción de la libertad impuesta por la autoridad pública, en el intento de alcanzar un fin superior en el contexto de una crisis sanitaria ocasionada por una pandemia de escala global, pues la cuestión no concierne únicamente a los derechos individuales de quien porta el tapaboca, sino que compromete también los derechos individuales de quienes podrían eventualmente ser contagiados por aquél que no lo utiliza debiendo hacerlo, incrementando de tal manera la circulación comunitaria del virus. Desde esta perspectiva, el objeto de debate adquiere dimensión colectiva e ingresa en el plano de la salud pública.

I, M. L. M. contra GCBA sobre AMPARO- OTROS.  JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO Nro 10, CABA 2 de Mayo de 2020

Fte: SAIJ