IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la exención transitoria del impuesto a las ganancias dispuesta por la Ley 27.549, aplicable a las remuneraciones devengadas en concepto de guardias obligatorias (activas o pasivas) y horas extras, y todo otro concepto que se liquidara en forma específica y adicional en virtud de la emergencia sanitaria provocada por COVID-19, para los profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada, el personal de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas de Seguridad, de la Actividad Migratoria, de la Actividad Aduanera, Bomberos, recolectores de residuos domiciliarios y recolectores de residuos patogénicos. Decreto 788/2020 (BO 05-10-2020)
2020-10-05 02:11
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Prorroga hasta el 31 de diciembre ...