Fallo. Declaran que la denuncia de una desaparición forzada no tiene conexidad con la causa que investiga la Operación Cóndor. 

Confirma la sentencia por la cual el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 7 se declaró incompetente para entender en una causa originada por una denuncia efectuada ante el Juzgado Federal de Posadas, Provincia de Misiones, en relación a la desaparición forzada del padre de los denunciantes ocurrida en el año 1975, presuntamente en el marco del denominado Plan Cóndor, por medio de una operación conjunta entre las fuerzas de seguridad argentinas y la policía de Paraguay. La denuncia había sido remitida en virtud de la conexidad supuestamente existente con la causa por la cual se investigan los sucesos ocurridos en el marco de dicha operación. Entiende que, sin perjuicio de que los denunciantes afirman que las personas involucradas en el secuestro de su padre habrían formado parte de aquel operativo, ello no encuentra respaldo en ningún elemento probatorio. Asimismo agrega que la única medida de prueba llevada a cabo fue la de oficiar a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, la que informó las denuncias y causas en trámite respecto a la desaparición forzada denunciada, lo cual resulta insuficiente para demostrar la presunta vinculación entre ambos procesos.

G. P. I. y otro s/ incompetencia. SENTENCIA. CAMARA NAC. DE APELAC. EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL. CAPITAL FEDERAL,CABA. 23/09/2020

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